El sábado amaneció el campo nevado en la provincia de Ávila y con unas temperaturas muy bajas.
Sábado 16 de Noviembre.
En el artículo 4 (limitaciones y prohibiciones) de la Ley 4/1996, de 12 de julio
4. Se prohíbe cazar en días de nieve, cuando ésta cubra de forma continua el suelo. Esta prohibición no será aplicable a la caza de aves acuáticas, ni a la de paloma en pasos tradicionales, ni a la de otras aves migratorias cazables en sus vuelos de desplazamiento.
Al igual que esta limitación que estamos tratando en este momento, podemos ver en el siguiente enlace las demás limitaciones de caza que propone este articulo de dicha Ley:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/cl-l4-1996.t7.html
Finalmente, el domingo pudimos salir a cazar ya que no existía nieve en el terreno, pero hizo un "día de perros", obligándonos a irnos a casa a media mañana ( una vez nos empapamos de pies a cabeza) tras conseguir abatir 4 conejos.
Como os comenté en mi última entrada, os mantendría informados sobre el Campeonato Autonómico de Castilla y León que se iba a disputar este pasado sábado en Mengamuñoz, deciros que fue suspendido por que el terreno estaba cubierto por la nieve.
http://www.marca.com/blogs/cuaderno-caza/2013/11/16/la-nieve-obliga-a-suspender-el.html
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